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Concejo Provincial de Ciudadanos

Estará compuesto por un (1) miembro por cada municipio o partido que posea la Provincia y es elegido de entre los miembros del Concejo Municipal de Ciudadanos.

  • El cargo de Concejero Provincial será ejercido por un ciudadano argentino con más de veintiún (21) años de residencia en el territorio soberano de la Nación, o por un extranjero que haya optado por la ciudadanía argentina, con más de veinticinco (25) años de residencia en el territorio soberano de la Nación.

  • Sus miembros no pueden estar afiliados a ningún partido político.

  • Su mandato será de dos (2) años y no son reelegibles nunca.

  • Elabora y eleva al Gobernador, una lista de candidatos a ocupar los cargos de Ministros provinciales, debiendo proponer tres (3) candidatos por cada Ministerio a cubrir, seleccionando los mismos de la lista que para tal fin le proporcione la Cámara de Representantes de la Provincia.

  • Es el órgano que fiscaliza el accionar administrativo y ejecutivo del Poder Ejecutivo Provincial, dando inmediata intervención al Fiscal de Estado Provincial en caso de comprobar irregularidades.

  • Elabora y eleva al Gabinete de Ministros y al Gobernador, la solución que considera adecuada para las diferentes problemáticas provinciales, teniendo el derecho de obtener una respuesta científico-técnica respecto de la aceptación o rechazo de sus propuestas, como también de las modificaciones que el Poder Ejecutivo Provincial considere oportunas introducir.

  • En el ámbito provincial es el órgano de administración general y control total de la asistencia social, de los entes u organismos creados o a crearse inherentes al sistema previsional y de todo el sistema de salubridad e higiene de las personas.

  • En el ámbito provincial ejerce el control y administración de los recursos naturales y de los organismos creados para su explotación y del organismo general de administración de protección del medio ambiente a crearse.

  • Es el órgano de administración general y control total del sistema educativo provincial.

  • Ejerce la administración general y control total de la Policía provincial, nombrando a sus integrantes, ascendiéndolos o removiéndolos, elaborando el presupuesto necesario para su funcionamiento.

  • En el ámbito provincial es el órgano de administración general y control total de la Defensa Civil.

  • En el ámbito provincial es el administrador del Fondo Nacional de Concejos de Ciudadanos.

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