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Concejo Barrial de Ciudadanos

Estará compuesto en zonas urbanas y suburbanas por un (1) miembro por cada manzana y en zonas rurales por un (1) miembro por cada cinco (5) propiedades, siendo elegido de entre los miembros del Concejo de Ciudadanos de Manzana.

  • El cargo de Concejero Municipal será ejercido por un ciudadano argentino con más de veintiún (21) años de edad con más de dos (2) años de residencia en el territorio municipal, o por un extranjero que haya optado por la ciudadanía argentina, con más de veinticinco (25) años de residencia en el territorio soberano de la Nación, de los cuales los últimos dos (2) años anteriores a su nombramiento deben haber sido en el municipio.

  • Sus miembros no pueden estar afiliados a ningún partido político.

  • Su mandato será de un (1) año y no son reelegibles nunca.

  • Elabora y eleva al Concejo Municipal de Ciudadanos, la solución que considera adecuada para las diferentes problemáticas barriales.

  • En el ámbito barrial es el órgano fiscalizador y de policía en cuanto al control de calidad y precios de bienes y servicios, dando intervención directa al Defensor del Pueblo en caso de irregularidades comprobadas.

  • En el ámbito barrial ejerce el control y administración de los recursos naturales y de los organismos creados para su explotación y del organismo general de administración de protección del medio ambiente a crearse.

  • Es el propietario directo y administrador general del patrimonio cultural e histórico de su zona de influencia.

  • Tiene el deber y obligación de la organización de eventos culturales y deportivos en su zona de influencia.

  • En el ámbito barrial es el órgano de administración general y control total de la Defensa Civil.

  • En el ámbito barrial es el administrador del Fondo Nacional de Concejos de Ciudadanos.

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